Tabla de
contenidos
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I. Introducción
II. Compra y financiación de una vivienda
A. Rol del agente de bienes
raíces
B. Elección de un abogado
C. Términos
del acuerdo de venta
D. Búsqueda
de un préstamo
E. Elección
de un agente para realizar la operación de cierre
F. Servicios
de seguro de títulos
G. Información
para divulgación según RESPA
H. Procesamiento
de su solicitud de préstamo
I. Protección
de RESPA contra costos de consulta ilegales
J. Derecho a efectuar reclamos
III. Sus costos de cierre
A. Costos de
cierre específicos
B. Cálculo
del monto necesario para la operación de cierre
C. Ajustes
de los costos compartidos por el comprador y el vendedor
D. Formulario
de Informe de la operación de cierre HUD-1
IV. Apéndice
I. Introducción
¡F
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elicitaciones! Se ha decidido a
comprar una nueva vivienda. Este folleto lo ayudará a dar este gran paso
financiero describiéndole el proceso de compra de una vivienda, el
financiamiento de una vivienda y el proceso de cierre. Por una ley federal, la
Ley de Procedimientos de Liquidación de Bienes Raíces [Real Estate
Settlement Procedures Act (RESPA)], las entidades crediticias y los
agentes hipotecarios tienen el deber de entregarle este folleto. Debe recibirlo
al solicitar un préstamo o dentro de los tres días laborables posteriores a su
solicitud. Los agentes de bienes raíces con frecuencia también entregan este
folleto.
Probablemente
comenzó el proceso de compra de una vivienda de una de estas dos maneras: vio
una vivienda que le interesó para comprar o consultó con una entidad crediticia
cuánto dinero podía solicitar antes de encontrar una vivienda (a veces llamado
“precalificación”). El siguiente paso es firmar un acuerdo de venta con el
vendedor, seguido de la solicitud de préstamo para comprar su nueva vivienda.
El paso final, llamado “acuerdo” o “cierre”, es el momento en que se le
transfiere el título legal de la propiedad.
En
cada uno de estos pasos generalmente tiene la posibilidad de negociar los
términos, condiciones y costos para su propio beneficio. Este folleto le
mostrará dichas oportunidades. También necesitará buscar con cuidado para
obtener el mejor rendimiento para su dinero. No existe un proceso de compra de
vivienda estándar utilizado en todas las localidades. Aun su experiencia puede
variar con respecto a la información que aquí presentamos. Este folleto lo guía
a través de los pasos generales de la compra de una vivienda, para eliminar,
tanto como sea posible, los misterios del proceso de cierre.
II. COMPRA Y
FINANCIACIÓN DE UNA VIVIENDA
A. Rol del agente de bienes raíces

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on frecuencia, la primera persona
que usted consulta sobre la compra de una vivienda es un agente o corredor de
bienes raíces. Si bien estas personas brindan consejos muy útiles sobre muchos
aspectos de la compra de una vivienda, ellos representan los intereses del
vendedor y no los suyos como comprador. La práctica más común es que el
vendedor contrate un agente para encontrar una persona interesada en comprar la
vivienda bajo los términos y condiciones aceptables para el vendedor. Por lo
tanto, el agente de bienes raíces con el cual está tratando puede también estar
representando al vendedor. Sin embargo, usted puede contratar su propio agente
de bienes raíces, conocido como agente del comprador, para que represente sus
intereses. Además, en algunos estados, los varios agentes tienen permiso para
representar al comprador y al vendedor.
Aun
si el agente de bienes raíces representa al vendedor, las reglamentaciones
estatales sobre bienes raíces exigen que el agente le dispense al comprador un
trato justo. Si tiene preguntas acerca de la conducta de un agente o corredor,
comuníquese con la Comisión de Bienes Raíces (Real Estate Commission) de
su Estado, o con su departamento de reglamentaciones.
Algunas
veces, el agente de bienes raíces le ofrecerá ayudarlo a obtener un préstamo
hipotecario. Puede recomendarle que trate con una determinada entidad crediticia,
compañía de títulos, abogado o agente de acuerdo / cierre. No es necesario que
siga los consejos del agente de bienes raíces. Compare los costos y servicios
que le ofrecen otros prestadores con los recomendados por el agente de bienes
raíces.
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ntes de firmar un acuerdo de venta, podría considerar
pedirle a un abogado que lo examine y le diga si el acuerdo protege sus
intereses. Si ya firmó su acuerdo de venta, podría aún considerar pedirle a un
abogado que lo revise. Un abogado puede también ayudarlo a preparar la
operación de cierre. En algunas partes, los abogados actúan como agentes de
acuerdo / cierre o como agentes de depósito en garantía a cargo de la operación
de cierre. Un abogado que hace esto no sólo representará sus intereses, ya
que, como agente de acuerdo / cierre, puede también estar representando al
vendedor, a la entidad crediticia y a otras partes.
Tenga en cuenta que en muchas partes del país los abogados normalmente no toman parte en la venta de viviendas. Por ejemplo, los agentes o compañías encargadas de los depósitos en garantía en los estados del oeste del país se encargan del papeleo necesario para la transferencia del título sin la participación de un abogado.
Si
elige un abogado, debe buscar y preguntar sobre los servicios disponibles y los
honorarios. Averigüe si el abogado tiene experiencia en la representación de
compradores de viviendas. Puede preguntar al abogado las siguientes
inquietudes:
v ¿Cuál es el
costo de la negociación de un acuerdo de venta, la revisión de documentos y el
asesoramiento sobre dichos documentos, por estar presente durante la operación
de cierre, o por revisar las instrucciones del agente o compañía encargados del
depósito en garantía?
v ¿El abogado
representará a otra persona además de usted en la operación?
v ¿El abogado
recibirá sus honorarios de otra persona además de usted en la operación?
C. Términos del
acuerdo de venta
S
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i recibe este Folleto antes de firmar un acuerdo de venta, aquí
encontrará algunos puntos importantes para tener en cuenta. El agente de bienes
raíces probablemente le entregará un formulario de acuerdo de venta impreso por
adelantado. Puede realizar modificaciones o agregados a este formulario, pero
el vendedor debe estar de acuerdo con todos los cambios que usted efectúe.
También debe acordar con el vendedor la fecha en la que ocupará la vivienda y
qué artefactos y elementos de propiedad personal se venderán junto con la
vivienda.
v Precio de venta. Para la mayor parte de los
compradores de vivienda, el precio de venta es el término más importante del
acuerdo. Tenga en cuenta que existen otros términos no económicos en el acuerdo
que también tienen importancia.
v Título. “Título” se refiere a la propiedad legal de su nueva vivienda.
El vendedor debe suministrar el título libre de todo reclamo de otras partes
contra su nueva vivienda. Los reclamos realizados por terceros contra su
vivienda se conocen como “gravámenes”. Puede negociar quién será el encargado
de pagar la investigación de título que le dirá si el título está “limpio”.
v Cláusula de hipoteca. El acuerdo de venta debe estipular el reembolso de su depósito en caso
de que la venta deba ser cancelada por no haber podido obtener un crédito
hipotecario. Por ejemplo, su acuerdo de venta puede permitir la cancelación de
la venta si usted no puede obtener una financiación hipotecaria a una tasa de
interés igual o menor que un índice especificado en el acuerdo.
v Plagas. Su entidad crediticia exigirá un certificado de un
inspector calificado que determine que la vivienda está libre de termitas y
otras plagas y peligros por plagas. Usted puede querer reservarse el derecho de
cancelar el acuerdo o solicitar al vendedor un tratamiento inmediato y
reparación si se detecta un peligro por plagas.
v Inspección de la vivienda. Es una buena idea hacer inspeccionar la vivienda. Una
inspección determina el estado de los sistemas eléctricos, de cañerías,
calefacción y enfriamiento. También debe examinarse la estructura para asegurar
su solidez y determinar el estado del techo, revestimiento, ventanas y puertas.
El lote debe estar dispuesto de manera tal que el agua no drene hacia la
vivienda e ingrese al sótano.
La mayor
parte de los compradores prefiere hacerse cargo del costo de estas
inspecciones, de manera que el inspector trabaje para ellos y no para el
vendedor. Puede querer incluir en su acuerdo de venta el derecho de cancelar la
venta si no está satisfecho con los resultados de la inspección. En ese caso,
es posible que quiera renegociar un menor precio de venta o exigir al vendedor
realizar reparaciones.
v Peligros por pintura con base de
plomo en viviendas construidas antes de 1978. Si compra una vivienda construida antes de 1978,
tiene ciertos derechos relacionados con los peligros por pintura con base de
plomo e intoxicación por plomo. El vendedor o el agente de venta debe
entregarle el folleto de la Agencia de Protección Ambiental (EPA por sus siglas
en inglés), “Proteja a su familia de la presencia de plomo en su vivienda”, u
otra información sobre peligros por plomo aprobada por la EPA. El vendedor o el
agente de venta debe informarle lo que conoce acerca de la pintura con base de
plomo o los peligros de la pintura con base de plomo en la vivienda, y
suministrarle todo informe o registro relevante.
Tiene como
mínimo diez (10) días para realizar una inspección o evaluación de riesgo sobre
pintura con base de plomo o peligros por plomo. Sin embargo, para poder tener
el derecho de cancelar la venta basado en los resultados de una inspección o
evaluación de riesgo, necesitará negociar esta condición con el vendedor.
Finalmente,
el vendedor debe adjuntar al acuerdo de venta un formulario de divulgación que
incluirá una Declaración de Advertencia de Plomo (Lead Warning Statement).
Usted, el vendedor y el agente de venta firmarán una confirmación de que se han
cumplido los requisitos de esta notificación.
v Otros riesgos ambientales. Su ciudad o estado puede tener leyes que soliciten a los compradores o
vendedores verificar posibles riesgos ambientales, tales como pérdida de
tanques de petróleo subterráneos, presencia de radón o asbesto, caños de agua
de plomo y otros peligros similares, y tomar las medidas necesarias para
eliminar estos riesgos. Puede negociar quién correrá con los gastos en caso de
que se requiriera una verificación y / o limpieza.
v División de gastos. Es necesario acordar con el vendedor cómo se
dividirán en la fecha de cierre los gastos relacionados con la propiedad, como
impuestos, costos por agua potable y servicios cloacales, gastos de condominio
y facturas de servicios. A menos que se acuerde de otro modo, usted sólo
debería ser responsable de la parte de estos gastos que se adeude después de la
fecha de venta.
v Agente o Compañía encargada de la operación de
cierre / del depósito en garantía. De acuerdo con
las prácticas locales, puede tener la opción de elegir el agente o compañía que
se encargará de la operación de cierre o del depósito en garantía. Para los
estados donde el encargado del depósito en garantía es un agente o compañía, el
comprador, el vendedor y la entidad crediticia suministrarán las instrucciones.
v Costos de cierre. Puede negociar qué parte de los costos de cierre
correrán por su cuenta y cuáles pagará el vendedor.
D. Búsqueda de un
préstamo
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anto la entidad crediticia como el
tipo de préstamo que usted elija tendrá influencia no sólo en los costos de
cierre, sino también en el costo mensual de su préstamo hipotecario. Existen
muchos tipos de entidades crediticias y de préstamos para su elección. Puede
estar familiarizado con bancos, asociaciones de ahorro, compañías hipotecarias
y cooperativas de crédito, muchos de los cuales otorgan préstamos hipotecarios.
Puede encontrar una lista de algunas entidades crediticias en las páginas
amarillas del directorio telefónico o una lista de las tasas de interés en su
periódico local.
Agentes hipotecarios. Algunas compañías, conocidas como “agentes
hipotecarios”, le ofrecen encontrar una entidad crediticia dispuesta a otorgarle
un préstamo. Un agente hipotecario puede trabajar como un negocio
independiente y puede no estar trabajando como su “agente” o representante. Puede
recibir honorarios de la entidad crediticia, de usted como prestatario, o de
ambos. Puede consultar sobre los honorarios que el agente hipotecario recibirá
por sus servicios.
Programas del Gobierno. Es posible que usted reuna los requisitos para obtener un préstamo
asegurado por la Administración Federal de Vivienda [Federal Housing
Administration (FHA)] o garantizado por el Departamento de Asuntos para
Veteranos (Veterans Affairs) o programas similares operados por ciudades
o estados. Estos programas generalmente requieren un menor pago inicial.
Consulte a las entidades crediticias sobre estos programas. Puede obtener más
información sobre los mismos en las agencias que los administran. (Vea
el Apéndice de este Folleto.)
CLO. Los sistemas de generación de préstamos por
computadora, o CLO, son terminales informáticas que están disponibles en las
oficinas de bienes raíces o en otras ubicaciones para ayudarlo a analizar los
diversos tipos de préstamos que ofrecen las diferentes entidades crediticias.
El operador de estos sistemas CLO puede cobrar honorarios por los servicios
ofrecidos. Estos honorarios deben ser pagados por usted o por la entidad
crediticia que usted seleccionó.
Tipos de préstamo. Los préstamos pueden tener una tasa de interés fija o variable. Los
préstamos con tasa fija tienen el mismo pago de interés y capital durante la
vida del préstamo. Los préstamos con tasa variable pueden tener cualquiera de
un número de “índices” y “márgenes” que determinan cuánto y cuándo varían el
monto del pago y la tasa de interés. Si solicita un préstamo con tasa de
interés variable, conocido también como hipoteca con tasa de interés ajustable
(“ARM” por sus siglas en inglés), encontrará una divulgación y un folleto
requeridos por la Ley de Veracidad en el Préstamo (Truth in Lending Act)
que describen mejor la hipoteca ARM. La mayoría de los préstamos puede ser
reintegrado en un plazo de 30 años o menos, y tiene pagos mensuales
equivalentes. En una hipoteca ARM los montos pueden variar de tanto en tanto,
dependiendo de los cambios en la tasa de interés. Algunos préstamos tienen
plazos de pago cortos y un gran pago final llamado “reembolso al vencimiento” (“balloon”).
Usted debe buscar el tipo de plazo de pago del préstamo hipotecario que mejor
se adapte a sus necesidades.
Tasa de interés, “puntos” y otros costos. A menudo, el precio de un préstamo hipotecario se
determina en términos de una tasa de interés, puntos y otros costos. Un “punto”
es un costo que equivale al 1% del monto total del préstamo. Los puntos
generalmente se pagan a la entidad crediticia, agente hipotecario, o a ambos,
durante la operación de cierre o al finalizar el depósito en garantía. A
menudo, puede pagar menos puntos a cambio de una mayor tasa de interés, o más
puntos por una tasa menor. Consulte con su entidad crediticia o agente
hipotecario sobre los puntos y otros costos.
Un
documento llamado Informe de Divulgación de Veracidad en el Préstamo le
mostrará la “Tasa Porcentual Anual” [“Annual Percentage Rate” (“APR”)] y
demás información sobre el pago del préstamo que ha solicitado. La APR tiene en
cuenta no sólo la tasa de interés, sino también los puntos, los honorarios del
agente hipotecario y otros costos que debe pagar. Solicite la APR antes de
pedir el préstamo, para que pueda serle de utilidad al buscar el préstamo que
más le conviene. También consulte si su préstamo tendrá un costo adicional si
decide pagar todo o parte del préstamo antes del vencimiento del mismo (“multa
por pago anticipado”). Es posible que pueda negociar los términos de la multa
por pago anticipado.
Costos de cierre requeridos por la entidad crediticia. Su entidad crediticia puede solicitarle que obtenga ciertos servicios
de cierre, como una nueva agrimensura catastral, seguro hipotecario o seguro de
título. También puede ordenarle y cobrarle otros servicios relacionados con el
cierre, como el informe de crédito o tasación. Una entidad crediticia puede
también cobrar otros costos, como honorarios por procesamiento de préstamo,
preparación de documentos, aval, certificación de inundaciones u honorarios de
solicitud. Usted puede solicitar una estimación de los costos de cierre y
honorarios antes de elegir una entidad crediticia. Algunas entidades
crediticias ofrecen préstamos “sin costo” o “sin puntos”, pero normalmente
cubren estos costos cobrando una tasa de interés más alta.
Comparación de costos de préstamos. Comparar las tasas APR puede ser una manera efectiva de buscar un
préstamo. Sin embargo, debe comparar productos similares por el mismo monto.
Por ejemplo, compare dos préstamos de $100,000 con tasa de interés fija a 30
años. El préstamo A con una APR del 8.35% es menos costoso que el préstamo B
con una APR del 8.65% a lo largo del plazo de pago del préstamo. Sin embargo,
antes de decidirse por un préstamo, debe también considerar el dinero en
efectivo inicial que deberá pagar por cada uno de los dos préstamos.
Otra técnica efectiva es comparar préstamos idénticos que tengan diferentes puntos y otros costos iniciales. Por ejemplo, si le ofrecen dos préstamos de $100,000 con tasa de interés fija a 30 años y al 8%, los pagos mensuales son iguales, pero los costos iniciales son diferentes:
Préstamo A - 2 puntos ($2,000) y $
1800 en costos requeridos por la entidad crediticia = $3800 en costos.
Préstamo B - 2 1/4 puntos ($2250) y $1200 en costos requeridos por la entidad crediticia = $3450 en costos.
La comparación
de los costos iniciales muestra que el Préstamo B requiere $350 menos en dinero
en efectivo inicial que el Préstamo A. Sin embargo, su situación individual
(cuánto tiempo planea permanecer en su vivienda) y su situación impositiva (los
puntos pueden deducirse generalmente para el año impositivo que compró una
vivienda) pueden afectar su elección de préstamos.
Trabas. “Trabar” su tasa de interés o los puntos en el
momento de la solicitud o durante el procesamiento de su préstamo evitará que la
tasa de interés y / o los puntos varíen hasta el momento de la operación de
cierre o acuerdo del proceso de depósito en garantía. Consulte con su entidad
crediticia si la operación de trabar la tasa de interés tiene algún costo, y si
dicho costo reduce el monto que usted debe pagar por los puntos. Averigüe cuál
es el plazo razonable para la traba de las tasas, qué sucede si vence el plazo,
y si el costo de esta operación es reembolsable en caso de que su solicitud sea
rechazada.
Pago de seguro e impuestos. El pago mensual de su hipoteca será utilizado para
reintegrar el dinero que usted solicitó más el interés. Parte de su pago
mensual puede ser depositado en una “cuenta de depósito en garantía” (también
conocida como cuenta de “reserva” o “incautación”), para que su entidad
crediticia o prestador de servicios pueda pagar sus impuestos a los bienes
raíces, seguro de propiedad, seguro hipotecario y / o seguro contra
inundaciones. Consulte con su entidad crediticia o con su agente hipotecario
si debe abrir una cuenta de depósito en garantía para el pago de impuestos y
seguro.
Transferencia de su préstamo. Si bien usted comienza el proceso de préstamo con una entidad
crediticia o agente hipotecario, puede encontrarse conque después de la
operación de cierre otra compañía puede estar recaudando el pago de su
préstamo. La recaudación de los pagos de su préstamo se conoce con el nombre de
“servicio” del préstamo. Su entidad crediticia o agente hipotecario le
informará si se hace cargo del servicio de su préstamo o lo transfiere a otra
entidad.
Seguro
hipotecario. El seguro
hipotecario privado y el seguro hipotecario del gobierno protegen a la entidad
crediticia contra el incumplimiento en el pago y permiten a la entidad
crediticia otorgar un préstamo que considere de mayor riesgo. Las entidades
crediticias generalmente exigen seguro hipotecario para préstamos donde el pago
inicial es menor del 20% del precio de venta. Para su prima de seguro
hipotecario usted puede abonar mensualmente, anualmente, una suma global
inicial o una combinación de estas prácticas. Consulte con su entidad
crediticia si debe obtener seguro hipotecario y el costo del mismo. El seguro
hipotecario no debe confundirse con el seguro de vida hipotecario, el seguro de
vida de crédito o el seguro por discapacidad, los cuales están diseñados para
cancelar una hipoteca en caso de muerte o discapacidad del prestatario.
También
pueden ofrecerle un seguro hipotecario “pagado por la entidad crediticia”
(“LPMI” por sus siglas en inglés). Dentro de los planes del seguro LPMI, la
entidad crediticia adquiere el seguro hipotecario y paga las primas a la
compañía aseguradora. La entidad crediticia aumentará su tasa de interés para
pagar las primas -- pero el seguro LPMI puede reducir sus costos de cierre. No
es posible cancelar un seguro LPMI o un seguro hipotecario del gobierno durante
la vida útil del préstamo. Sin embargo, puede ser posible cancelar el seguro
hipotecario privado en algún punto, por ejemplo, cuando el balance de su
préstamo se reduce a un cierto monto. Antes de comprometerse a pagar un seguro
hipotecario, averigüe los requerimientos específicos para la cancelación.
Zonas con peligro de
inundaciones. La mayoría de las entidades crediticias no le
otorgarán dinero para comprar una vivienda en una zona con peligro de
inundaciones, a menos que pague un seguro contra inundaciones. Algunos
programas de préstamos del gobierno no le permitirán comprar una vivienda que
esté ubicada en una zona con peligro de inundaciones. Su entidad crediticia puede
cobrarle un adicional para verificar la existencia de peligro de inundaciones.
Se le notificará si es necesario el seguro contra inundaciones. Si por un
cambio en los mapas de seguro contra inundaciones su vivienda se encuentra
dentro de una zona con peligro de inundaciones después de que se la ha
concedido el préstamo, su entidad crediticia o el prestador de servicios puede
requerirle que obtenga un seguro contra inundaciones en ese momento.
E. Elección de
un agente para realizar la operación de cierre
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as prácticas
de la operación de cierre varían de localidad en localidad, y aún dentro del
mismo condado o ciudad. La operación de cierre puede ser conducida por
entidades crediticias, compañías de seguros de títulos, compañías de depósitos
en garantía, agentes de bienes raíces o abogados por parte del comprador o del
vendedor. Puede ahorrar dinero tomándose su tiempo para buscar un agente que
realice la operación de cierre.
En algunas partes del país (en
especial en los estados del oeste) la operación de cierre puede ser realizada
por un agente de depósitos en garantía. Las partes firman un acuerdo de
depósito en garantía mediante el cual deben suministrar cierta documentación y
fondos al agente. A diferencia de otros tipos de operaciones de cierre, las
partes no se sientan a una mesa para firmar documentos. Consulte cómo se
manejará su operación de cierre.
F. Servicios de
seguro de títulos
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a entidad crediticia con frecuencia
solicita el seguro de título para protegerse contra las pérdidas resultantes de
reclamos por parte de terceros contra su nueva vivienda. En algunos estados,
los abogados ofrecen los seguros de títulos como parte de sus servicios de
examinar el título y brindar su opinión. Los honorarios del abogado pueden
incluir la prima de seguro de título. En otros estados, el seguro de título es
emitido directamente por una compañía de seguros o un agente de títulos.
Póliza de propietario. Una póliza de seguro de título de una entidad crediticia no lo
protege a usted. De igual modo, la póliza del anterior propietario tampoco
lo protege a usted. Si quiere protegerse de reclamos de terceros contra su
nueva vivienda, será necesario que obtenga una póliza de propietario. Cuando se
presenta un reclamo, puede ser económicamente devastador para un propietario
que no está asegurado. Si adquiere una póliza de propietario, le resultará
generalmente mucho menos costoso si la compra en el mismo momento y con el
mismo asegurador que la póliza de la entidad crediticia.
Elección de la compañía de
seguro de título. Según RESPA, el vendedor no puede exigirle como
condición de la venta que adquiera un seguro de título en una determinada
compañía de seguro de título. Generalmente, su entidad crediticia le pedirá que
obtenga el seguro de título en una compañía aceptable para ellos. En la mayoría
de los casos, puede buscar y elegir una compañía que cumpla con los requisitos
de la entidad crediticia.
Revisión del informe de título
inicial. En muchas partes, unos pocos días o semanas antes del
acuerdo o cierre del depósito en garantía, la compañía de seguro de título
emitirá un informe preliminar o “Compromiso de Seguro” (“Commitment to
Insure”) o “resguardo provisional” con un resumen de los defectos que se
identificaron en el título al realizar la investigación del título, y también
cualquier excepción de la cobertura de la póliza de seguro de título. Este
compromiso se envía generalmente a la entidad crediticia para su uso en la
operación de cierre o posteriormente, hasta la emisión de la póliza de seguro
de título. Puede disponer el envío de una copia para usted (o para su abogado),
para poder objetar en caso de que existan cuestiones que afectan el título, las
cuales usted no aceptó al firmar el acuerdo de venta.
Cobertura y ahorro de gastos. Para ahorrar dinero en el seguro de título, compare las tasas entre
diferentes compañías de seguro de título. Consulte sobre los servicios y
limitaciones de la cobertura de cada póliza, para poder decidir si la
adquisición de una póliza con una tasa más alta puede ser mejor para sus
necesidades. Aún así, en muchos estados las tasas de las primas de seguro de
título son establecidas por el estado y no pueden negociarse. Si está comprando
una vivienda que ha cambiado de propietario en los últimos años, solicite a su
compañía de seguro de título una “tasa de re-emisión”, que podría tener un
menor costo. Si está comprando una vivienda recién construida, asegúrese de que
el seguro de título cubra reclamos por parte de contratistas. En algunas partes
del país, estos reclamos se conocen como “gravámenes de una constructora” (“mechanics’
liens”).
Agrimensura catastral. Las entidades crediticias o las compañías de seguro
de título generalmente solicitan una agrimensura catastral para delimitar la
propiedad. Una agrimensura catastral es un plano de la propiedad que muestra
los límites perimétricos y marca la ubicación de la vivienda y de otras
mejoras. Puede evitar el costo de una agrimensura catastral completa si
localiza a la persona que realizó la agrimensura catastral de la propiedad
previamente y le solicita una actualización. Verifique con su entidad
crediticia o compañía de seguro de título si aceptan una agrimensura catastral
actualizada.
G. Información
para divulgación según RESPA
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Uno de los propósitos de RESPA es ayudar a los
consumidores a convertirse en mejores compradores de los servicios de cierre. RESPA requiere que los prestatarios reciban cierta
información en diversas oportunidades. Esta información explica en detalle los
costos asociados con el cierre, define los servicios de las entidades
crediticias y las prácticas relacionadas con las cuentas de depósito en
garantía, y describe las relaciones comerciales entre los prestadores de
servicios de cierre.
Cálculo de buena fe sobre los
costos de cierre. RESPA requiere que, cuando usted solicita un
préstamo, la entidad crediticia o el agente hipotecario le entregue un Cálculo
de buena fe sobre los costos del servicio de cierre que probablemente tendrá
que pagar. Si no recibe este Cálculo de buena fe al solicitar el préstamo, la
entidad crediticia o agente hipotecario debe enviarlo por correo o entregárselo
dentro de los tres días laborables posteriores a la solicitud.
Tenga en
cuenta que los montos que aparecen en este Cálculo de buena fe son sólo estimativos.
Los costos reales pueden variar. Los precios pueden verse afectados por las
condiciones cambiantes del mercado. Recuerde que el cálculo realizado por la
entidad crediticia no sirve como garantía. Guarde su Cálculo de buena fe
para compararlo con los costos de cierre finales y consulte con la entidad
crediticia los cambios que se registren.
Informe de divulgación de
servicios. RESPA requiere que la entidad crediticia o agente
hipotecario le informe por escrito, al solicitar un préstamo o dentro de los
tres días laborables de haberlo hecho, si espera que alguien más se encargue
del servicio de su préstamo (de la recaudación de sus pagos).
Acuerdo de negocios afiliados. A veces, varios negocios que ofrecen servicios de cierre son propiedad
de o están controlados por una compañía corporativa común. Estos negocios se
conocen con el nombre de “afiliados”. Cuando una entidad crediticia, agente de
bienes raíces u otro participante de su operación de cierre lo remite a un
afiliado para el servicio de cierre (como cuando un agente de bienes raíces lo
remite a un agente hipotecario afiliado), RESPA requiere que la parte remitente
le entregue una Divulgación de acuerdo de negocios afiliados (Affiliated
Business Arrangement Disclosure). Este formulario le recordará que, en
general, no se le exige, con ciertas excepciones, que utilice la compañía
afiliada y es libre de buscar otros prestadores.
Formulario de Informe de la
operación de cierre HUD-1. Un día laborable antes del cierre, usted tiene el
derecho de examinar el Formulario de Informe de la operación de cierre HUD-1.
Este informe describe los servicios realizados y los costos cobrados, y lo
completa el agente encargado de la operación de cierre. Asegúrese de tener el
nombre, dirección y número telefónico del agente encargado de la operación de
cierre si desea examinar este formulario. Usted debe recibir el formulario
completo durante la operación de cierre o con anterioridad. En los casos en que
no hay una reunión para el cierre, el agente del depósito en garantía le
enviará el formulario por correo después del cierre, y usted no tiene derecho a
examinarlo un día antes de la operación de cierre.
Operación y divulgación de la
cuenta de depósito en garantía. Su entidad crediticia puede exigirle que disponga de
una cuenta de depósito en garantía o de reserva para asegurar que sus impuestos
y las primas de seguro se paguen en término. De ser así, probablemente tendrá
que pagar un monto inicial en la operación de cierre para abrir la cuenta y un
monto adicional con el pago regular de cada mes. Los pagos de su cuenta de
depósito en garantía pueden incluir una “protección” o monto extra para
asegurar que la entidad crediticia tenga suficiente dinero para efectuar los
pagos en el momento del vencimiento. RESPA establece el límite máximo de dos
meses de pago de dicha cuenta como protección.
Durante la
operación de cierre o dentro de los 45 días posteriores, la persona encargada
del servicio de su préstamo debe entregarle un informe inicial de la cuenta de
depósito en garantía. Este formulario mostrará todos los pagos que deberán
depositarse en la cuenta de depósito en garantía y todos los desembolsos que se
realizarán de dicha cuenta durante el año próximo. Su entidad crediticia o
agente hipotecario revisará la cuenta de depósito en garantía anualmente y le
enviará un informe que muestra la actividad del año anterior y los ajustes
necesarios en los pagos de la cuenta que usted realizará el año próximo.
H. Procesamiento
de su solicitud de préstamo
E
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xisten diversas leyes federales que
le brindan protección durante el procesamiento de su préstamo. La Ley de
Igualdad de Oportunidades de Crédito [Equal Credit Opportunity Act (ECOA)],
la Ley de Equidad de Vivienda (Fair Housing Act) y la Ley de Equidad de
Informe de Crédito [Fair Credit Reporting Act (FCRA)] prohiben la
discriminación y le otorgan el derecho a cierta información crediticia.
No a la discriminación. ECOA prohibe a la entidades crediticias discriminar a
las personas que solicitan un crédito por motivos vinculados a la raza, color,
religión, nacionalidad, sexo, estado civil, edad, el hecho de que todo o parte
del ingreso del aspirante provenga de un programa de asistencia pública, o el
hecho de que el aspirante haya ejercitado algún derecho concedido por una ley
federal de protección de crédito para el consumidor. Para ayudar a las agencias
del gobierno a controlar el cumplimiento de ECOA, su entidad crediticia o
agente hipotecario debe solicitarle cierta información con respecto a su raza,
sexo, estado civil y edad al recibir su solicitud de crédito.
La
Ley de Equidad de Vivienda también prohibe la discriminación en operaciones de
bienes raíces en áreas residenciales por motivos vinculados con la raza, color,
religión, sexo, discapacidad, situación familiar o nacionalidad. Esta
prohibición se aplica tanto a la venta de una vivienda como a la decisión de
una entidad crediticia de otorgarle un préstamo para ayudarlo a adquirir esa
vivienda. Finalmente, su localidad o estado puede también tener una ley que
prohibe la discriminación.
Con
frecuencia existen diferencias en los tipos y montos de los costos de cierre
que se cobran al prestatario -- por ejemplo, a algunos prestatarios se les
cobran honorarios más altos por sus hipotecas, según el mérito de crédito que
tengan. Estas diferencias pueden estar justificadas o pueden ser ilegalmente
discriminatorias. Es importante que examine los documentos de cierre con
atención, especialmente las líneas 808-811 del Formulario de Informe de la
operación de cierre HUD-1, y no dude en comparar sus costos de cierre con los
de sus vecinos y amigos.
Si
siente que ha sido discriminado por una entidad crediticia o por alguna otra
parte en el proceso de compra de una vivienda, puede presentar una acción legal
privada contra dicha parte o presentar un reclamo en una agencia administrativa
estatal, local o federal. Puede querer hablar con un abogado, o consultar con
la agencia federal que se encarga de hacer cumplir ECOA [la Junta de
Gobernadores del Sistema de Reserva Federal (Board of Governors of the
Federal Reserve System)] o la Ley de Equidad de Vivienda (HUD) acerca de
sus derechos conferidos por estas leyes.
Acción inmediata / Notificación
de medidas tomadas. Su entidad
crediticia o agente hipotecario debe ocuparse de su solicitud e informarle
sobre las medidas tomadas en un plazo que no supere los 30 días de haber
recibido su solicitud completada. Su solicitud no será considerada
completada, y el plazo de 30 días no comenzará hasta que usted no entregue a la
entidad crediticia o agente hipotecario toda la información y el material
solicitado.
Declaración de la razón del
rechazo de la solicitud. Si su solicitud es rechazada, ECOA requiere que su
entidad crediticia o agente hipotecario le entregue una declaración de las
razones específicas del rechazo o que le informe cómo puede usted obtener dicha
declaración. El aviso también le informará con qué agencia federal debe
comunicarse si cree que ha sido discriminado en forma ilegal por la entidad
crediticia o agente hipotecario.
Obtención del informe de su
crédito. La Ley de Equidad de Informe de Crédito (“FCRA” por
sus siglas en inglés) requiere que una entidad crediticia o agente hipotecario
que rechaza su solicitud de préstamo le informe si lo hizo basado en la
información de su informe de crédito. Si dicha información fue la causa del
rechazo, el aviso le indicará dónde puede obtener una copia gratuita del
informe de crédito. Usted tiene el derecho de cuestionar la exactitud o
integridad de la información de su informe de crédito. Si así lo hiciera, la
agencia encargada de los informes de crédito que preparó el informe debe
investigarlo sin cargo y notificarle los resultados de la investigación.
Tasación de su vivienda. La entidad crediticia necesita saber si el valor de
su vivienda es suficiente para asegurar el préstamo. Para obtener esta
información, la entidad crediticia típicamente contrata un tasador, que brinda
una opinión profesional sobre el valor de su vivienda. ECOA requiere a su
entidad crediticia o agente hipotecario que le informe que tiene el derecho de
obtener una copia del informe de tasación. El aviso le indicará cómo y cuándo
puede solicitar una copia.
I. Protección de
RESPA contra costos de consulta ilegales
L
![]()
a promulgación de RESPA se debió a que el Congreso sentía que los
consumidores necesitaban protección contra “... costos de cierre
innecesariamente altos producto de ciertas prácticas abusivas que se han
desarrollado en algunas partes del país”. Algunas de las prácticas que preocupaban
al Congreso se describen a continuación. La mayor parte de los profesionales en
el negocio del cierre suministran un buen servicio y no están involucrados en
estas prácticas.
Costos prohibidos. De acuerdo con las reglamentaciones de RESPA, es ilegal
que una persona pague o reciba honorarios, retribución o cualquier cosa
de valor por haber acordado remitir el servicio de cierre a una determinada
persona u organización. Por ejemplo, su prestamista hipotecario no puede pagar
a su agente de bienes raíces $250 por remitirlo a usted a la entidad
crediticia. También es ilegal que cualquier persona acepte honorarios o parte
de ellos por servicios que no ha realizado por esos honorarios. Por ejemplo,
una entidad crediticia no puede agregar los honorarios de una tercera parte,
como honorarios por tasación, y quedarse con la diferencia.
Pagos permitidos. RESPA no impide que las compañías de títulos, agentes
hipotecarios, tasadores, abogados, agentes encargados del servicio de acuerdo /
cierre y otras personas que realmente realizan un servicio en relación con el
crédito hipotecario o con el cierre, reciban el pago por el valor razonable de
su trabajo. Si un participante de su operación de cierre parece estar cobrando
honorarios sin haber realizado trabajo alguno, usted debe informar a dicha
persona o compañía acerca de las prohibiciones sobre costos de remisión de
RESPA. También puede hablar con su abogado o efectuar un reclamo a uno de los
reguladores cuyo nombre aparece en el Apéndice de este Folleto.
Penalidades. Es un delito que alguien pague o reciba un costo de
remisión ilegal. La penalidad puede ser una multa, prisión, o ambas. Usted
puede tener derecho a recuperar tres veces el monto del costo de cualquier
servicio de cierre si presenta una demanda privada. Si tiene éxito, la corte
también puede concederle los costos de la corte y los honorarios de su abogado.
J. Derecho a
efectuar reclamos
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Demandas privadas. Si tiene un problema, el mejor lugar donde encontrar
la solución es en su fuente (el prestamista, el agente de cierre, el agente de
bienes raíces, etc.). Si esto no prospera y considera que se ha visto afectado
por una violación a la Ley de Procedimientos de Liquidación de Bienes Raíces
(RESPA), la Ley de Igualdad de Oportunidades de Crédito (ECOA) o cualquier otra
ley, tiene derecho a entablar una demanda en una corte federal o estatal. Este
tema debe tratarlo con su abogado.
Agencias del Gobierno. La mayor parte de los prestadores de servicios de
cierre son supervisados por una agencia del gobierno a nivel local, estatal y /
o federal, algunas de las cuales se enumeran en el Apéndice de este Folleto. El
Secretario de Justicia de su estado puede disponer de una división de asuntos
del consumidor. Si usted siente que un prestador de servicios de cierre ha
violado RESPA o cualquier otra ley, puede plantear un reclamo a esa agencia o
asociación. También puede enviar una copia de su reclamo a la Oficina de
Asuntos Reglamentarios y del Consumidor (Office of Consumer & Regulatory
Affairs) de HUD. La dirección se suministra en el Apéndice.
Reparación de errores. Si tiene una duda en cualquier momento de la vida
útil de su préstamo, RESPA requiere que la compañía que recauda los pagos de su
préstamo (su “prestador de servicios”) responda a su inquietud. Escriba a su
prestador un “reclamo calificado por escrito relativo a la Sección 6 de RESPA”.
Debe ser una carta por separado y no debe enviarla junto con su pago. Describa
el problema e incluya su nombre y número de cuenta. El prestador debe investigar
y hacer las correcciones apropiadas dentro de los 60 días laborables de haberla
recibido.
III. SUS COSTOS
DE CIERRE
A. Costos de
cierre específicos
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![]()
sta parte del Folleto describe los servicios de cierre de los cuales
usted puede tener que hacerse cargo y que están detallados en la Sección L del
Formulario de Informe de la operación de cierre HUD-1. También encontrará una
muestra del formulario HUD-1 que le será de utilidad para comprender la
operación de cierre.
Cuando
busque servicios de cierre, puede utilizar esta sección como guía, y anotar en
ella los posibles servicios requeridos por las diversas entidades crediticias y
los distintos gastos mencionados por los prestadores de servicio. Los costos de
cierre pueden aumentar el costo de su préstamo, por tal motivo, compare los
gastos cuidadosamente
700. Comisión de venta del agente de bienes raíces: Es el valor total de la comisión de la venta para el
agente de bienes raíces, que generalmente es abonado por el vendedor.
Típicamente esta comisión es un porcentaje del precio de venta de la vivienda.
L. COSTOS DE CIERRE |
||
|
700.
COMISIÓN TOTAL DE VENTA DEL AGENTE DE BIENES RAÍCES basada en el precio de venta de la
vivienda $ @ %= |
PAGADA POR EL PRESTATARIO DURANTE
EL CIERRE |
PAGADA POR EL VENDEDOR DURANTE EL
CIERRE |
|
División
de la comisión (línea 700) del siguiente modo: |
|
|
|
701. $ a cargo de |
|
|
|
702. $ a cargo de |
|
|
|
703. Comisión abonada durante la
operación de cierre |
|
|
|
704. |
|
|
800. Pagos realizados en relación con el
préstamo: Son los honorarios
que cobran las entidades crediticias por el procesamiento, aprobación y
realización del préstamo hipotecario.
801. Iniciación del préstamo: Se conocen con el nombre de gastos de iniciación del préstamo, pero a
veces son llamados “punto” o “puntos”. Cubren los costos administrativos de la
entidad crediticia para el procesamiento del préstamo. A menudo se expresan
como un porcentaje del préstamo, y tienen distintos valores según la entidad
crediticia. Generalmente el comprador abona este porcentaje, a menos que se
acuerde lo contrario.
802. Descuento del préstamo: También llamado “puntos” o “puntos de descuento”, en una cifra impuesta
por la entidad crediticia o agente de bienes raíces por única vez para reducir
la tasa de interés que de otro modo utilizaría para ofrecerle el préstamo a
usted. Cada “punto” equivale al 1% del monto de la hipoteca. Por ejemplo, si
una entidad crediticia cobra dos puntos en un préstamo de $80,000 esto
significa que debe abonarse $1,600.
803. Costo de tasación: Cubre los
gastos de un informe de tasación realizado por un tasador.
804. Costo de informe de crédito: Cubre el costo de un informe de crédito que muestra
su historial crediticio. La entidad crediticia utiliza la información de su
informe de crédito para decidir si aprueba o no su préstamo y el monto de
dinero que le otorgará.
805. Costo de inspección de la entidad crediticia: Cubre las inspecciones realizadas, generalmente en
viviendas nuevas, por los empleados de su entidad crediticia o por un inspector
externo. (Las inspecciones por plagas realizadas por compañías que no sean la
entidad crediticia se analizan en la línea 1302.)
806. Costo de aplicación de seguro hipotecario: Cubre el procesamiento de una solicitud de seguro hipotecario.
807. Costo de adquisición de préstamo: Se cobra cuando un comprador “asume” la
responsabilidad de pagar el préstamo hipotecario existente del vendedor.
808. Honorarios del agente hipotecario: Los honorarios pagados a los agentes hipotecarios
deben incluirse aquí. Los costos por la generación de préstamos por computadora
(CLO) también deben incluirse aquí.
|
800. PAGOS REALIZADOS EN
RELACIÓN CON EL PRÉSTAMO |
|
|
|
801. Costo de iniciación del
préstamo
% |
|
|
|
802. Descuento del préstamo % |
|
|
|
803. Costo de tasación a
cargo de |
|
|
|
804. Informe de crédito a
cargo de |
|
|
|
805. Costo de inspección de la
entidad crediticia |
|
|
|
806. Costo de aplicación de seguro
hipotecario a cargo de |
|
|
|
807. Costo de adquisición de
préstamo |
|
|
|
808. Honorarios del agente
hipotecario |
|
|
|
809. |
|
|
|
810. |
|
|
|
811. |
|
|
900. Pagos que la entidad crediticia requiere se abonen por
adelantado: Es posible
que en el momento del cierre deba abonar por adelantado algunos costos, como el
interés acumulado, primas de seguro hipotecario y primas de seguro por riesgos.
901. Interés: Las entidades crediticias generalmente requieren a
los prestatarios que abonen el interés que se acumula desde la fecha de la
operación de cierre hasta el primer pago mensual del préstamo.
902. Prima de seguro hipotecario: La entidad crediticia puede requerirle el pago por
anticipado, durante la operación de cierre, de la prima de seguro hipotecario
del primer año o una suma global que cubre la vida útil de préstamo.
903. Prima de seguro por riesgos: El seguro por riesgos lo protege a usted y a la
entidad crediticia contra pérdidas ocasionadas por incendio, tormentas de
viento y riesgos naturales. Las entidades crediticias a menudo requieren que el
prestatario presente durante la operación de cierre una póliza paga
correspondiente al primer año del préstamo o que abone la prima correspondiente
al primer año durante el cierre.
904. Seguro contra inundaciones: Si la entidad crediticia requiere seguro contra
inundaciones, la indicación estará incluida aquí.
|
900.
PAGOS QUE LA ENTIDAD CREDITICIA REQUIERE SE ABONEN POR ADELANTADO |
|
|
||
|
901. Interés desde hasta @$ / día |
|
|
|
|
|
902. Prima de seguro hipotecario
por meses
a cargo de |
|
|
|
|
|
903. Prima de seguro por riesgos
por años
a cargo de |
|
|
|
|
|
904. años
a cargo de |
|
|
|
|
|
905. |
|
|
|
|
1000 - 1008. Depósitos en garantía: Estas líneas identifican el pago de impuestos o
seguro y otros pagos que deben realizarse en la operación de cierre para
establecer una cuenta de depósito en garantía. La entidad crediticia no tiene
permiso para recaudar más de una cierta cantidad de dinero. Los depósitos
individuales pueden superar el monto que puede recaudarse. El ajuste agregado
realiza la corrección del monto en la línea 1008. Debe ser cero o una cifra
negativa.
|
1000. RESERVAS DEPOSITADAS EN
LA ENTIDAD CREDITICIA |
|
|
|
1001. Seguro por riesgos meses
@ $ por mes |
|
|
|
1002. Seguro hipotecario meses
@ $ por mes |
|
|
|
1003. Impuestos locales a la
propiedad meses
@ $ por mes |
|
|
|
1004. Impuestos del condado a la
propiedad meses
@ $ por mes |
|
|
|
1005. Tasaciones anuales meses
@ $ por mes |
|
|
|
1006. meses
@ $ por mes |
|
|
|
1007. meses
@ $ por mes |
|
|
|
1008. Ajuste agregado |
|
|
1100. Costos de título: Pueden cubrir una variedad de servicios proporcionados por las
compañías de títulos y otras compañías. Su operación de cierre particular puede
no incluir todos los costos que se mencionan a continuación o puede incluir
otros que no se mencionan aquí.
1101. Costo del acuerdo o cierre: Se abona al agente encargado de la operación de
cierre o al encargado de la cuenta de depósito en garantía. La responsabilidad
del pago de estos gastos debe negociarse entre el vendedor y el comprador.
1102-1104. Resumen de la búsqueda del título, examen
del título, resguardo provisional del seguro de título: Los costos incluidos en estas líneas cubren los gastos
de la búsqueda y el examen del título.
1105. Preparación del documento: Este en un costo por separado que algunas entidades crediticias o
compañías de títulos cobran para cubrir los costos de preparación de los
documentos legales finales, como una hipoteca, una escritura de fideicomiso, un
pagaré o una escritura.
1106. Honorarios del notario: Cubren el costo de contratación de una persona calificada como notario
público para dar fe que las personas cuyos nombres aparecen en los documentos
son las mismas que los firmaron.
1107. Honorarios del abogado: Es posible que tenga que abonar los servicios legales proporcionados a
la entidad crediticia, como un examen del resguardo provisional del título. En
ocasiones, el vendedor acordará abonar parte de estos honorarios en el acuerdo
de venta. También aquí pueden incluirse los honorarios de su abogado o del
abogado del vendedor. Si la entidad crediticia requiriera la participación de
un abogado, los honorarios de esta persona aparecerán en esta parte del formulario,
o en las líneas 1111, 1112 o 1113.
1108. Seguro de título: Aquí se muestra el costo total del seguro del título
del propietario y la entidad crediticia.
1109. Seguro de título de la entidad crediticia: Aquí se muestra el costo de la póliza de la entidad
crediticia.
1110. Seguro de título del
propietario (comprador): Aquí se
muestra el costo de la póliza del propietario.
|
1100. COSTOS DE TÍTULO |
|
|
|
1101. Costo del acuerdo o cierre a cargo
de |
|
|
|
1102. Búsqueda del título o
resumen a
cargo de |
|
|
|
1103. Examen del título a
cargo de |
|
|
|
1104. Resguardo provisional del
seguro del título a cargo de |
|
|
|
1105. Preparación del documento a cargo
de |
|
|
|
1106. Honorarios del notario a
cargo de |
|
|
|
1107. Honorarios del abogado a
cargo de |
|
|
|
(incluye
números de puntos anteriores; ) |
|
|
|
1108. Seguro del título a
cargo de |
|
|
|
(incluye
números de puntos anteriores; ) |
|
|
|
1109. Cobertura de la entidad
crediticia $ |
|
|
|
1110. Cobertura del propietario $ |
|
|
|
1111. |
|
|
|
1112. |
|
|
|
1113. |
|
|
1200. Costos por Transferencia y Registro del
Gobierno: Pueden ser
abonados por usted o por el vendedor, según el acuerdo de venta realizado con
el vendedor. El comprador generalmente abona los gastos correspondientes al
registro legal de la nueva escritura e hipoteca (línea 1201). Los impuestos a
la transferencia, que en algunas localidades son recaudados cada vez que una
propiedad cambia de dueño o que se otorga un préstamo hipotecario, pueden ser
costosos y son establecidos por los gobiernos estatales o locales. También es
posible que haya que abonar sellos de impuestos locales, de condado o estatales
(líneas 1202 y 1203).
|
1200.
COSTOS POR TRANSFERENCIA Y REGISTRO DEL GOBIERNO |
||
|
1201. Costos de registro: Escritura $ ; Hipoteca $ ; Extracciones $ |
|
|
|
1202. Impuesto / sello local / del
condado: Escritura $ ; Hipoteca $ |
|
|
|
1203. Sello / impuesto del estado: Escritura $ ; Hipoteca $ |
|
|
|
1204. |
|
|
|
1205. |
|
|
1300. Costos adicionales de la operación de cierre:
1301. Agrimensura catastral: La entidad crediticia puede requerir que un agrimensor realice una
agrimensura catastral de la propiedad. Esto servirá también como protección
para el comprador. Generalmente el comprador debe pagar los honorarios del
agrimensor, pero en ocasiones el vendedor puede hacerse cargo de este gasto.
1302. Inspecciones por plagas: Esto cubre las inspecciones de la vivienda en busca de termitas u otras
plagas.
1303-1305. Inspecciones de
pintura con base de plomo: Esto cubre
las inspecciones o evaluaciones de los riesgos de la pintura con base de plomo
y puede incluirse en cualquier línea en blanco en la serie 1300.
|
1300. COSTOS ADICIONALES DE LA
OPERACIÓN DE CIERRE |
|
|
|
1301. Agrimensura catastral a cargo de |
|
|
|
1302. Inspección por plagas a cargo de |
|
|
|
1303. |
|
|
|
1304. |
|
|
|
1305. |
|
|
1400. Costos totales de la operación de cierre: Aquí se coloca la suma de todos los gastos de la
columna del prestatario con el título “Pagado por el prestatario durante la
operación de cierre”. Esta cifra luego se traslada a la línea 103 de la Sección
J, “Gastos del cierre para el prestatario” en el Resumen de las operaciones
del prestatario en la página 1 del Informe de la operación de cierre HUD-1
y se agrega al precio de compra. La suma de todos los gastos del cierre
abonados por el vendedor se trasladan a la línea 502 de la Sección K, Resumen
de las operaciones del vendedor en la página 1 del Informe de la operación
de cierre HUD-1.
|
1400. COSTOS TOTALES DE LA OPERACIÓN DE
CIERRE (ingréselos en la línea 103, Sección J y en la línea 502,
Sección K) |
|
|
Pagos realizados fuera de la
operación de cierre (“POC”): Algunos costos
pueden aparecer en el Informe de la operación de cierre HUD-1 ubicados a la
izquierda de la columna del prestatario con las iniciales “P.O.C.”. Estos
costos, que se refieren a informes de crédito y tasaciones, son generalmente
abonados por el prestatario antes de la operación de acuerdo / cierre. Para
usted representan gastos adicionales. Otros gastos, tales como los que una
entidad crediticia abona a un agente de bienes raíces o a otro prestador de
servicio de cierre, pueden abonarse después de la operación de acuerdo /
cierre. Estos gastos generalmente se incluyen en la tasa de interés o en otros
gastos del cierre. Para usted no representan gastos adicionales. Este tipo de
gastos no se incluirán en el total de la línea 1400.
B. Cálculo del
monto necesario para la operación de cierre
![]()
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a primera página del Informe de la operación de cierre HUD-1
resume todos los costos y ajustes para el prestatario y el vendedor. La Sección
J es el resumen de la operación del prestatario y la Sección K es el resumen de
la parte de la operación correspondiente al vendedor. Puede recibir una copia
de la operación del vendedor, pero esto no se considera un requisito.
La Sección 100 resume los costos del
prestatario, como el costo del contrato de la vivienda, cualquier propiedad
personal que se adquiere, y los costos totales de la operación de cierre
adeudados por el prestatario en la Sección L.
Comenzando en la línea 106, se
realizan ajustes a los costos que el vendedor ha abonado previamente (como
impuestos, tasación fiscal, combustible). Si usted se viera beneficiado con
estos costos después del cierre, generalmente pagará al vendedor dicha parte
del costo.
A continuación se cita un ejemplo
para que usted pueda hacer sus propios cálculos:
|
|
|
|
|
J. RESUMEN DE LA OPERACIÓN DEL
PRESTATARIO |
|||
|
100. MONTO BRUTO ADEUDADO
POR EL PRESTATARIO: |
|||
|
101. Precio de venta del contrato |
100,000.00 |
||
|
102. Propiedades personales |
|
||
|
103. Costos de cierre a cargo del
prestatario (línea 1400) |
4,000.00 |
||
|
104. |
|
||
|
105. |
|
||
|
Ajustes de los costos
abonados por el vendedor por adelantado |
|||
|
106. Impuestos locales /
municipales a cargo de |
|
||
|
107. Impuestos del condado a cargo de |
|
||
|
108. Tasaciones fiscales 6/30
al 7/31 (tasaciones del propietario) |
40.00 |
||
|
109. Gasoil 25 galones
@ $1.00/galón |
25.00 |
||
|
110. |
|
||
|
111. |
|
||
|
112. |
|
||
|
120. MONTO BRUTO ADEUDADO POR
EL PRESTATARIO |
104,065.00 |
||
Considere
en este ejemplo que el valor de la vivienda es $100,000 y los costos totales
del cierre a cargo del prestatario extraídos de la Línea 1400 de la Sección L
son de $4,000. Considere que la fecha de la operación de cierre es el 1 de
julio. Aquí el prestatario ha acordado abonar al vendedor los $40
correspondientes a la cuota del mes de julio abonados a la Asociación de
Propietarios de Vivienda (Home Owners Association) y el monto correspondiente a
los 25 galones de gasoil que quedan en el tanque. Esto se agrega al monto bruto
adeudado por parte del prestatario, haciendo un total de $104,065.
La Sección 200 enumera el monto abonado por el prestatario o en nombre
del prestatario. Esto incluye el depósito dejado como garantía con el acuerdo
de venta, el (los) préstamo(s) que trata de obtener y cualquier préstamo que
pueda estar adquiriendo.
Comenzando
en la línea 210, se realizan ajustes a los costos adeudados por el vendedor
(como impuestos, tasaciones fiscales) pero los cuales usted, como prestatario,
abonará después de la operación de cierre. El vendedor generalmente le abonará
o le depositará en su cuenta esta parte durante la operación de cierre.
|
200. MONTOS ABONADOS POR O EN NOMBRE DEL PRESTATARIO: |
|
|
201. Depósito de garantía |
2,000.00 |
|
202. Monto del capital
de nuevo(s) préstamo(s) |
80,000.00 |
|
203. Préstamo(s)
existente(s) tomado(s) sujeto a |
|
|
204. |
|
|
205. |
|
|
206. |
|
|
207. |
|
|
208. |
|
|
209. |
|
|
Ajustes de los costos no
abonados por el vendedor |
|
|
210. Impuestos locales /
municipales a cargo de |
|
|
211. Impuestos del condado
1/1 al 6/30 $1,200/ año |
600.00 |
|
212. Tasaciones fiscales 1/1
al 6/30 $200/año |
100.00 |
|
213. |
|
|
214. |
|
|
215. |
|
|
216. |
|
|
217. |
|
|
218. |
|
|
219. |
|
|
220. TOTAL ABONADO POR /
PARA EL PRESTATARIO |
82,700.00 |
|
|
|
En
este ejemplo, considere que el prestatario abonó un depósito de garantía de
$2,000 y está obteniendo un préstamo por $80,000. Al finalizar el año deberá
abonarse un impuesto de $1200 y una tasación fiscal de $200. El vendedor
abonará al prestatario durante seis meses o la mitad de este monto. La línea
220 muestra el total de $82,700 a ser abonado por o para el prestatario.
La Sección 300 refleja la diferencia entre el monto bruto
adeudado por el prestatario y el monto total abonado por / para el prestatario.
Generalmente, la línea 303 mostrará el monto de efectivo que el prestatario
debe disponer en la operación de cierre.
|
300. EFECTIVO ABONADO EN EL CIERRE POR / AL PRESTATARIO |
|
|
301. Monto bruto adeudado
por el prestatario (línea 120) |
104,065.00 |
|
302. Montos menores
abonados por / para el prestatario (línea 220) |
(82,700.00) |
|
303. EFECTIVO (x DEL) (r PARA EL) PRESTATARIO |
21,365.00 |
En este ejemplo, el prestatario debe disponer de
$21,365.00 en la operación de cierre.
C. Ajustes de los costos compartidos por el comprador
y el vendedor
E
n la operación de cierre generalmente es necesario
hacer un ajuste entre el comprador y el vendedor en relación a los impuestos
sobre la propiedad y otros gastos. Los ajustes entre el vendedor y el comprador
se muestran en la Sección J y K del Informe de la operación de cierre HUD-1. En
el ejemplo citado anteriormente, los impuestos, que son abonados en forma
anual, no habían sido abonados cuando se realizó la operación de cierre el 1 de
julio. El prestatario deberá abonar los impuestos de todo un año el 1 de
diciembre siguiente. Sin embargo, el vendedor habitó en la vivienda durante los
primeros seis meses del año. Por consiguiente, la mitad de los impuestos del
año deben ser abonados por el vendedor. Así, las líneas 211 y 511 del Informe
de Pago quedarían del siguiente modo:
|
211. Impuestos del condado 1/1/97 a 6/30/97 |
$600.00 |
|
511. Impuestos del condado 1/1/97
a 6/30/97 |
$600.00 |
El
prestatario recibe un crédito por este monto durante la operación de cierre y
el vendedor abonará este monto o lo deducirá de los montos a pagar al vendedor.
También
se realizan ajustes similares para las cuotas de la Asociación de propietarios,
tasación fiscal especial y gasoil y otros servicios, a pesar de que los
períodos de facturación pueden no ser siempre anuales. Asegúrese de encontrar
una solución a la cuestión de compartir los gastos o “prorrataciones” con el
vendedor antes de la operación de cierre. Puede querer notificar a las empresas
de servicios sobre el cambio de propiedad de la vivienda y solicitar una
lectura especial el día del cierre, y que la factura correspondiente a los
gastos previos al cierre sea enviada por correo al vendedor a su nueva
dirección o al agente encargado del cierre. Esto eliminará gran parte de la
confusión que puede originarse si le cobran a usted los servicios utilizados
cuando el vendedor era el propietario de la vivienda.
|
|
A.
DEPARTAMENTO DE VIVIENDA Y
DESARROLLO URBANO DE EE.UU. INFORME DE LA OPERACIÓN DE
CIERRE |
||||||
|
B. TIPO DE
PRÉSTAMO |
|
|
6. Número de archivo |
7. Número de préstamo |
||
|
|
1. o
FHA |
2. o
FmHA |
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|
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3. o
CONV. ASEGURADO |
4. o
VA |
5. o
CONV. ASEGURADO |
8. Número de caso de seguro
hipotecario |
|||
| C. NOTA: Presentamos este formulario para brindarle un
informe de los costos de cierre reales. Se muestran los montos abonados al
agente encargado de la operación de cierre y también los montos abonados por
él. Los pagos que figuran con la sigla “(p.o.c.)” se realizaron fuera de la
operación de cierre; se muestran aquí a efectos de brindar información
y no están incluidos en los totales. |
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|
D. NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL PRESTATARIO: |
E.
NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL VENDEDOR: |
F. NOMBRE Y DIRECCIÓN DE LA ENTIDAD
CREDITICIA: |
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G.
UBICACIÓN DE LA PROPIEDAD: |
H.
AGENTE ENCARGADO DE LA OPERACIÓN DE CIERRE: NOMBRE Y DIRECCIÓN |
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|
LUGAR
DE REALIZACIÓN DE LA OPERACIÓN DE CIERRE: |
I.
FECHA DE LA OPERACIÓN DE CIERRE: |
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J.
RESUMEN DE LA OPERACIÓN DEL PRESTATARIO |
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K.
RESUMEN DE LA OPERACIÓN DEL VENDEDOR |
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100. MONTO BRUTO ADEUDADO
POR EL PRESTATARIO: |
|
400. MONTO BRUTO ADEUDADO
AL VENDEDOR: |
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|
101. Precio
de venta del contrato |
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401. Precio de
venta del contrato |
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102. Propiedades
personales |
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402. Propiedades
personales |
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103. Costos
de cierre a cargo del prestatario (línea 1400) |
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403. |
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|
104. |
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|
404. |
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|
105. |
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|
405. |
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|
Ajustes
de los costos abonados por el vendedor por adelantado |
|
Ajustes
de los costos abonados por el vendedor por adelantado |
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|
106. Impuestos
locales / municipales a cargo de |
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|
406. Impuestos
locales / municipales a cargo de |
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|
107. Impuestos
del condado a
cargo de |
|
|
407. Impuestos
del condado a
cargo de |
|
|
108. Tasaciones
fiscales a
cargo de |
|
|
408. Tasaciones
fiscales a
cargo de |
|
|
109. |
|
|
409. |
|
|
110. |
|
|
410. |
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|
111. |
|
|
411. |
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|
112. |
|
|
412. |
|
|
120. MONTO BRUTO ADEUDADO POR EL PRESTATARIO |
|
|
420. MONTO
BRUTO ADEUDADO AL VENDEDOR |
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|
200. MONTOS ABONADOS POR O EN NOMBRE DEL
PRESTATARIO: |
|
500. REDUCCIONES EN EL MONTO ADEUDADAS AL VENDEDOR: |
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|
201. Depósito
de garantía |
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501. Depósito
extra (vea las instrucciones) |
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202. Monto
del capital de nuevo(s) préstamo(s) |
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|
502. Costos
de cierre a cargo del vendedor (línea 1400) |
|
|
203. Préstamo(s)
existente(s) tomado(s) sujeto a |
|
|
503. Préstamo(s)
existente(s) tomado(s) sujeto a |
|
|
204. |
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|
504. Cancelación
del primer préstamos hipotecario |
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205. |
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|
505. Cancelación
del segundo préstamos hipotecario |
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206. |
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